La entrega de Nóminas Firmadas se realizará en la ventanilla de nóminas en el área de cajas y deberá cumplirse con lo siguiente:
- Nómina Quincenal: Deberá ser entregada a ésta Tesorería a más tardar 3 días hábiles antes de la fecha del pago de la siguiente Nómina.
- Nómina Semanal: Deberá ser entregada a ésta Tesorería a más tardar 2 días hábiles antes de la fecha del pago de la siguiente Nómina.
- Nominas Complementarias: Deberá ser entregada a ésta Tesorería junto con la Nómina Quincenal, es decir 3 días hábiles antes del siguiente pago.
Requisitos aplicables a los pagos por concepto de salarios y prestaciones que se liquidan a través de nómina:
-
La persona(s) autorizada(s) para realizar el pago de la nómina, será responsable de verificar que la firma del beneficiario quede plasmada correctamente en el renglón que le corresponda en la nómina.
-
En el caso de los beneficiarios que no puedan recoger su cheque, podrán ser entregados a otra persona, con la presentación de la carta poder original, misma que deberá contar con la totalidad de los datos que especifica el formato oficial en cada uno de sus renglones, indicar el nombre completo de quien otorga y recibe el poder, anexando fotocopias de ambos lados de su credencial de votar de cada uno de ellos. Además la carta poder deberá incluir el nombre completo y firma de los testigos.
-
En el caso de los beneficiaros que se encuentran fuera del país, o se encuentran incapacitados físicamente, la vigencia de su carta poder no podrá ser mayor a 6 meses.